10 años sin constitución

Escrito por Colaborador On Enero - 27 - 2010

Escrito por Jordy Enrique Moncada Cartaya

Toda sociedad en la cual no esté establecida la garantía de los derechos, ni determinada la separación de los poderes, carece de Constitución.

Artículo 16 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano

En 1999, la Asamblea Nacional Constituyente redactó una Constitución promocionada como la mejor del mundo, como si las constituciones dependieran en su totalidad de todo lo que en ellas se escribe. Se hablaba de los avances en materia de derechos humanos que poseía nuestra Constitución; se hablaba del proyecto social que establecía.

Una vez entrada en vigencia, fuimos descubriendo paulatinamente cómo las garantías de los derechos establecidas en el texto constitucional eran constantemente violadas por los poderes constituidos. La tutela judicial efectiva ha sido siempre letra muerta. El debido proceso es constantemente violentado por las instituciones administrativas y judiciales. Los derechos políticos son gravemente limitados sin mediar una sentencia judicial, tal y como lo establece nuestra Constitución y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La propiedad privada y la libertad de empresa han sido limitadas sin atender a los tests de proporcionalidad establecidos por los tribunales de derechos humanos. Los derechos sociales no son atendidos por el Estado. Enfrentamos a un Gobierno que no cumple sus metas de construcción de nuevas vivienda −de hecho, ha sido inferior en construcción de viviendas a la inmensa mayoría de los gobiernos de la época democrática y posee un déficit habitacional inmenso−. Finalmente, un gobierno que se autoproclama socialista no garantiza la seguridad social de los ciudadanos. Aproximadamente el 50% de los trabajadores pertenecen al sector informal. En fin, las garantías establecidas son una fachada, pues de nada sirve que estén recogidas en un librito que se nos presentó como azul y cada día le ponen una línea roja si no son efectivamente cumplidas.

La separación de poderes en la organización del Estado, elemento esencial para la existencia de un sistema democrático, es un obstáculo para la revolución, tanto así que los encargados de dirigir los poderes al menos en una ocasión se han pronunciado en contra de la separación de los poderes. Tenemos una defensora del pueblo que defiende a la revolución y no los derechos fundamentales de los ciudadanos. Tenemos una presidenta del Parlamento que no ejerce contraloría sobre el Ejecutivo, sino que es una penosa sirviente de los deseos del presidente de la República. Tenemos un Tribunal Supremo de Justicia que en la apertura del año judicial grita «¡Uh, ah, Chávez no se va!» y ahora afirma en voz de su presidenta que la separación de poderes es una teoría que debe superarse.

En Venezuela no existe separación de poderes. Todo el poder es concentrado en el ahora llamado casi oficialmente comandante presidente y las garantías establecidas en la Constitución no son protegidas por las instituciones correspondientes.

No es suficiente que las garantías de los derechos y la separación de poderes estén escritas en un papel; es necesario que se cumplan esas disposiciones. Tal y como hemos visto en Venezuela, no se cumplen esas exigencias establecidas históricamente por el constituyente francés en época de la Revolución francesa. Nos atrevemos entonces a afirmar que Venezuela no tiene Constitución.

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